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Es importante destacar que la nueva ley otorga una contribución obligatoria al desarrollo de las telecomunicaciones.  Los servicios que rige la presente ley se encuentran clasificados de la siguiente manera:

a)     Servicio Público y Privado;
b)     Servicio de Portadores, Finales o Teleservicios y Valor Agregado;
c)      Servicio de Comunicación Recíproca y
Servicio de Difusión
; y,
d)     Servicio de Transporte de Telecomunicaciones y Servicios de Información .

Los tipos de servicio también se encuentran clasificados conforme a lo siguiente:

a)     Servicio Telefónico;
b)     Servicio de Teléfonos Celulares;
c)      Radio y Televisión; y,
d)     Servicio de Valor Agregado.

 
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